Se entiende por «reconocimiento de créditos» la aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial. En este contexto, la primera de las enseñanzas se denominará «enseñanza de origen» y la segunda, «enseñanza de destino».
La normativa completa de la Universidad de Zaragoza, se puede encontrar en este enlace. Y los plazos y cómo proceder para solicitar el reconocimiento de créditos y más información la puedes encontrar en la web de la EINA.